De acuerdo a lo previsto en el Real Decreto 849/1993 de 4 de Junio del Seguro Obligatorio de Accidentes Deportivos todas las licencias de la FVCV cuentan con el correspondiente seguro suscrito con la compañía FIATC (póliza nº 57-167) para poder practicar el deporte de la Vela de una forma segura y responsable.
Además, con el objetivo de ofrecer un mejor servicio a los federados, la FVCV cuenta con un Seguro de Responsabilidad Civil, también con la compañía FIATC (póliza nº 267869). La garantía de este seguro se extiende y limita a las responsabilidades por daños producidos en Europa y en exceso del seguro obligatorio que debiera tener la embarcación.
Protocolo de actuación en caso de accidente por la práctica deportiva federada
Existen dos tipos de asistencia médica, URGENCIAS Y CONSULTA, cuyo protocolo se detalla a continuación.
- URGENCIAS CENTRO CONCERTADO FIATC
- IMPRESCINDIBLE RELLENAR PARTE DE ACCIDENTE
- CONSULTAS CUADRO MEDICO ITEGRA NO URGENTES
- SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL
- LE RECORDAMOS QUE
ASISTENCIA DIRECTA CENTRO CONCERTADO DE URGENCIAS
El federado que, por motivo de un accidente incluido en las coberturas de la póliza, requiera asistencia de urgencia, debe llamar al 902 102 264, donde se le dirigirá al centro concertado de asistencia de urgencias más cercano, donde se identificará como federado de la Federación correspondiente, por medio de:
- Su D.N.I.
- Licencia federativa en vigor
La asistencia de urgencia se limita a las 12 h siguientes a la ocurrencia del accidente, en caso contrario deberá cumplimentar el parte de accidente y seguir el protocolo de asistencia ordinaria no urgente.
NUNCA se acudirá a un CENTRO NO CONCERTADO.
Si se acude a un Hospital/Centro concertado y por cualquier motivo no es atendido el lesionado, habrá que acudir a otro Hospital/Centro también concertado que figure en la guía facilitada o que se le indicará cuando contacte con la Entidad. No puede alegarse cierre o falta de facultativos en el primer centro al que se acuda para acudir a otro centro no concertado.
Solo en caso de urgencia vital (que peligre la vida del deportista) se podrá acudir a cualquier Hospital/Centro. No se considera urgencia vital, p.ej., roturas óseas, dislocaciones, brechas sangrantes, etc..
NUNCA se acudirá a URGENCIAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN CALIDAD DE FEDERADO para evitar problemas entre los seguros (privado-público) que se traducen en molestias para el afectado/familiares y al final asumir, por su parte, el gasto de esa urgencia.
El seguro Deportivo no cubre las lesiones degenerativas, lesiones preexistentes o patologías crónicas. Por tanto, no quedan cubiertas ciertas patologías como p.ej. las hernias de cualquier clase, incluida la discal, la osteopatía de pubis, condromalacia rotuliana, etc…
Si requiere ingreso o intervención quirúrgica urgente e inmediata el centro sanitario solicitará autorización mediante email a la dirección autorizaciones.federaciones@fiatc.es acompañando:
- informe médico indicando diagnóstico, descripción de la asistencia recibida
- prescripción de la asistencia
FIATC contestará directamente al centro, autorizando o denegando dicha asistencia.
En cualquiera de los casos, el asegurado o alguien en su nombre, cumplimentará el correspondiente PARTE DE ACCIDENTE, DENTRO DE LAS PRIMERAS 48 HORAS SIGUIENTES DE HABERSE PRODUCIDO EL ACCIDENTE.
El impreso de parte de accidente se puede descargar en el siguiente enlace:
A dicho parte, el accidentado o alguien en su nombre deberán acompañar:
- Si ha recibido una primera asistencia de urgencias, informe médico indicando diagnóstico, descripción de la asistencia recibida y prescripción de posterior asistencia necesaria
- DNI
- Licencia federativa en vigor
Una vez cumplimentado el Parte de Accidente (incluido la firma y sello del club ) este, junto con el resto de documentación, será remitido a la dirección de email licencias@somvela.com
Si como consecuencia de una primera atención o de una visita no urgente, en el criterio de los facultativos que atendieron al federado, se requiere nueva asistencia (exploraciones complementarias, rehabilitación, visitas sucesivas, etc.), una vez cumplimentado y presentado el parte de accidente, para tener acceso a dicha asistencia, el federado deberá solicitar la oportuna autorización en el servicio de Atención al Cliente de ITEGRA: 902 09 07 33 en días laborables, donde le informaran de los pasos a seguir.
Para solicitar dicha autorización, el federado deberá aportar:
- Copia del parte de accidente presentado en su momento
- Licencia federativa en vigor
- N.I.
- Prescripción Médica
Ante nuevos requerimientos de asistencia no incluidos en las autorizaciones emitidas, se deberá de repetir este proceso tantas veces como sea preciso.
AUTORIZACIONES
Será necesario tener la autorización previa de la compañía para realizar las siguientes pruebas y tratamientos: Pruebas especiales de diagnóstico; TAC, RMN, Ecografías, Gammagrafías, Artroscopias e Intervenciones Quirúrgicas. Para acudir a Consultas sucesivas en Centros asignados por ITEGRA y teniendo un Expediente VALIDADO por aseguradora no son necesarias autorizaciones sucesivas.
En los casos que se precisa autorización, será el Médico o Centro Médico concertado quien solicitará a ITEGRA dicha autorización a través del Expediente médico on-line y el federado recibirá la autorización por correo electrónico en un fichero adjunto. Dicha autorización debe imprimirse y entregarse en el Centro asignado para las pruebas que figurará en la autorización.
Cualquier prueba o tratamiento realizado sin la autorización previa de la compañía correrá por cuenta del asegurado. Tras obtener la oportuna autorización, el federado acudirá a Consulta con el informe del resultado de la prueba y será el Médico o Centro médico quien se quede copia del mismo. No serán cubiertas las asistencias médicas en centros de la Seguridad Social o no concertados, excepto en urgencias vitales.
Con el objetivo de ofrecer un mejor servicio a los federados, la FVCV cuenta con un Seguro de Responsabilidad Civil, que cubre también la RC de los federados como la cobertura expresa a las reclamaciones ocurridas por daños causados por utilización de embarcaciones, en exceso del seguro obligatorio que debiera tener su embarcación, aún cuando este no se encontrara suscrito y en vigor.
El límite cuantitativo de la Garantía es:
Responsabilidad Civil Explotación 1.500.000 €
Sublímite por víctima 150.000 €
Franquicia por siniestro 150 €
1º Comunicar a la FVCV del siestro en un plazo máximo de 48h. Rellenar el Parte de Siniestro que te proporcionará la FVCV. A continuación, deberá cumplimentar, firmar y enviar el Parte de Siniestro a la FVCV (licencias@fvcv.com). En los supuestos que no se reciba el parte de accidente debidamente cumplimentado, el siniestro no será asegurado.
» Descargar Parte de Siniestro
2º Con el parte de siniestro enviar la siguiente documentación del incidente al correo electrónico licencias@somvela.com.
» Copia de la Licencia o Carnet Deportivo del responsable y del perjudicado
» Copia del informe del Comité de Protestas o del Entrenador según el accidente tenga lugar en competición o entrenamiento. En el caso del Carnet Deportivo o Independientes, informe del club o responsable de la zona de navegación.
» Factura proforma de los daños materiales ocasionados por el responsable al perjudicado y fotografías del siniestro. (no realizar ninguna modificación o reparación hasta que el expediente sea remitido a FIATC).
- Será motivo de cierre del expediente del Siniestro y por tanto no continuidad de tratamiento, si durante la BAJA MEDICA DEPORTIVA el Federado realiza actividad deportiva, careciendo de cobertura los accidentes posteriores que pudieran producirse sin estar de alta médica por un accidente anterior.
- El accidente debe ser comunicado en un periodo máximo de 48 HORAS desde que se produce el mismo.
- Cualquier asistencia, consulta médica, pruebas o rehabilitación, que no sea de URGENCIAS, deberá ser asignada previamente por ITEGRA.
Mas información en: www.itegra.es o en Atención al cliente ITEGRA: 902 09 07 33